Política de revisión por pares

 

Propósito y modalidad

 

La REMAP somete todas las contribuciones inéditas a un proceso de evaluación por pares bajo la modalidad de doble ciego, en el que la persona que dictamina no conoce la identidad de quien escribe y quien escribe no conoce la identidad de quien dictamina. Esta política describe los criterios con que se valoran los trabajos, los actores que intervienen, las etapas del proceso, los plazos comprometidos y las resoluciones posibles, de modo que las personas autoras conozcan con claridad el camino que recorre su contribución desde la recepción hasta la decisión final. Se lee junto con el código de ética, la política de originalidad y verificación de similitud y la política de uso de inteligencia artificial.

 

Alcance y criterios de evaluación

 

Se someten a dictamen los artículos de investigación y los demás trabajos que la revista publica en sus secciones sujetas a arbitraje. La valoración atiende la originalidad del argumento, la relevancia del tema para el campo y la calidad metódica del trabajo, entendida como coherencia argumentativa, precisión conceptual, claridad del lenguaje y rigor metodológico. Las reseñas y las críticas bibliográficas siguen un proceso de valoración editorial acorde con su naturaleza.

 

Actores del proceso

 

El Comité Editorial orienta la política editorial de la revista y determina, en un primer momento, la pertinencia de cada contribución y su apego a las normas antes de enviarla a dictamen. La dirección de la revista conduce el proceso y resuelve sobre la publicación con base en los dictámenes. La Secretaría Técnica, designada por la dirección con apoyo del Comité, se encarga de la operación del flujo y de la comunicación con autores y dictaminadores. Las personas dictaminadoras, especialistas nacionales y extranjeras en la materia, emiten los juicios que sustentan la decisión.

 

Etapas del proceso

 

1.  Recepción y revisión de forma. La Secretaría Técnica verifica que el trabajo cumpla los requisitos editoriales. Los que no los cumplen se devuelven a la persona autora sin que medie dictamen.

2.  Verificación de originalidad. El manuscrito se somete a la revisión de similitud conforme a la política de originalidad de la revista, antes de enviarse a dictamen.

3.  Valoración de pertinencia. El Comité Editorial determina la pertinencia temática y el apego a las normas, y decide el envío a evaluación.

4.  Asignación de dictaminadores. La contribución se envía de forma anónima a dos personas especialistas en el tema.

5.  Dictamen. Cada persona dictaminadora emite su juicio por escrito dentro del plazo establecido.

6.  Resolución y comunicación. La dirección resuelve con base en los dictámenes y la Secretaría Técnica comunica el resultado a la persona autora.

7.  Corrección y cierre. Cuando procede, la persona autora atiende las observaciones y, según su alcance, el trabajo regresa a dictamen o pasa a edición.

8.  Edición y publicación. Aceptado el trabajo, se integra al proceso de edición y se publica con sus datos de identificación y su identificador persistente.

 

Plazos

 

La revista notifica el resultado del proceso en un periodo máximo de tres meses. El plazo para elaborar un dictamen es de treinta días naturales; cuando un dictamen no se entrega en ese término, la dirección designa a otra persona dictaminadora. El resultado se comunica a la persona autora a más tardar cinco días después de que la revista lo recibe. Cuando se solicitan correcciones, la persona autora dispone de quince días naturales para responder; si no lo hace, la revista deja de comprometerse a continuar el proceso.

 

Resoluciones posibles

 

     Aceptación. Con dos dictámenes favorables, el trabajo pasa a la gestión de su publicación.

     Aceptación con observaciones. La persona autora recibe el dictamen y atiende las observaciones; según su alcance, la versión corregida vuelve a la persona dictaminadora para su revisión final o pasa directamente a edición.

     Discrepancia entre dictámenes. Cuando los dos juicios difieren, la revista acude a una tercera persona dictaminadora, cuya valoración orienta la decisión.

     No publicación. Si el resultado del arbitraje es desfavorable, o si la persona autora no acepta las observaciones, el Comité Editorial formaliza la no publicación del trabajo.

 

Confidencialidad y conflictos de interés

 

La revista resguarda el anonimato de autores y dictaminadores y trata la información del proceso como confidencial. Las personas dictaminadoras deben declarar cualquier conflicto de interés que comprometa su imparcialidad y abstenerse de evaluar cuando reconozcan la autoría del trabajo o tengan una relación que afecte su independencia, conforme al código de ética de la revista.

 

Vigencia y actualización

 

Esta política se revisa de manera periódica para mantenerla acorde con las buenas prácticas editoriales. Las dudas sobre el proceso pueden dirigirse a la dirección de la REMAP, al correo remap@ugto.mx.

 

Referentes

COPE, Ethical Guidelines for Peer Reviewers. https://publicationethics.org/resources/guidelines/cope-ethical-guidelines-peer-reviewers

COPE, Core Practices. https://publicationethics.org/core-practices